Micelio

Artículo 3

Financiación De Inversiones

Ley 1030 de 2006 · por la cual la Nación se asocia a la celebración de los cuarenta (40) años de vida administrativa del departamento de La Guajira, se rinde homenaje a las comunidades que lo habitan y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno Nacional para incorporar en el Presupuesto General de la Nación, las apropiaciones específicas destinadas a la financiación y ejecución de los siguientes proyectos de inversión en beneficio de la población guajira:

Puesta en funcionamiento de una sede de la Universidad Nacional de Colombia en la Ciudad de Riohacha.

Construcción del mercado público en el municipio de Maicao.

Modernización tecnológica del hospital de San Juan del Cesar.

Construcción sede de servicios sociales para las comunidades indígenas en la Sierra Nevada de Santa Marta en el municipio de Dibulla.

Construcción de un Parque Cultural de Recreación Popular que llevará el nombre de Francisco el Hombre, que rinda homenaje a los juglares guajiros y a los cultores vallenatos del departamento.

Parágrafo

El costo total y la ejecución de las obras sociales de interés general señaladas anteriormente,podrá complementarse con los recursos económicos y las apropiaciones presupuestales, con destinación a los proyectos incluidos en este artículo incorporados en el plan de desarrollo de inversión del departamento de La Guajira.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1030 de 2006