Micelio

Artículo 6

º Por Pensión Mensual Debe Entenderse El Valor Que El Padre De Familia, El Acudiente O El Estudiante Paga Cada Mes Del Año Lectivo Al Establecimiento Por El Derecho Del Alumno A Participar En El Proceso Educativo Formal Y A Hacer Uso De Los Recursos Institucionales Ofrecidos Y Puestos A Su Servicio

Decreto 2542 de 1991 · por el cual se establece el régimen de costos educativos en los establecimientos privados en los niveles de preescolar, básica (primaria y secundaria) media vocacional y educación especial y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Por pensión mensual debe entenderse el valor que el padre de familia, el acudiente o el estudiante paga cada mes del año lectivo al establecimiento por el derecho del alumno a participar en el proceso educativo formal y a hacer uso de los recursos institucionales ofrecidos y puestos a su servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2542 de 1991