Micelio

Artículo 1

Declárase De Reserva Nacional Y Apórtase A La Empresa Colombiana De Petróleos Para Que La Explore, Explote Y Administre Directamente O En Asociación Con El Capital Público O Privado, Nacional O Extranjero, El Área Comprendida Por Los Siguientes Linderos Generales: «como Punto De Partida "a" Se Ha Tomado El Vértice Geodésico Con 890 Del Instituto Geográfico Agustín Codazzi Cuyas Coordenadas Geográficas Son: Latitud 4º 17' 42" 734 Al Norte Del Ecuador Y Longitud 74 41' 26" 43 Oeste De Greenwich Y Cuyas Coordenadas Gauss Son: Norte 966

Decreto 701 de 1970 · Por el cual se aporta un área a la Empresa Colombiana de Petróleos

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Declárase de reserva nacional y apórtase a la Empresa Colombiana de Petróleos para que la explore, explote y administre directamente o en asociación con el capital público o privado, nacional o extranjero, el área comprendida por los siguientes linderos generales: «Como punto de partida "A" se ha tomado el vértice geodésico con 890 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi cuyas coordenadas geográficas son: Latitud 4º 17' 42" 734 al norte del ecuador y longitud 74 41' 26" 43 oeste de Greenwich y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 966.427.31 y este 932.319.38. De este vértice geodésico punto de la partida "A" de la solicitud con un rumbo verdadero S 21° 39´ 53" .5 W y a una distancia de 54.594.71 metros hasta encontrar el punto "B", vértice geodésico Altaír 287. De este punto "B" con un rumbo verdadero N 55 00'00" W y a una distancia de 51.700.00 metros hasta encontrar el punto "C". De este punto "C" con un rumbo verdadero n 36 42' 52" 9 E y a una distancia de 54. 340.39 metros hasta encontrar el punto "D", vértice geodésico una distancia de 37.500.90 metros hasta encontrar el punto "A" o punto de partida de la solicitud. La extensión del área es de 239. 212 hectáreas, 6.733 metros cuadrados, y queda ubicada en jurisdicción de los municipios de Flandes, Coello, Piedras, Valle, Ibagué, San Luis, Ortega, Espinal, Guamo, Purificación, Carmen de Aplícala y Melgar en el Departamento del Tolima y, Girardot y Nariño en el Departamento de Cundinamarca. Este aporte incluye las posibles zonas intermedias menores de cuatro kilómetros de anchura que puedan quedar entre la zona alinderada anteriormente y áreas que no estén libres para contratar.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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