Micelio

Artículo 3

Ley 51 de 1990 · Por la cual se autorizan unas operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación; se autorizan operaciones para el saneamiento de obligaciones crediticias entre entidades públicas; se otorga una facultad y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Amplíanse las autorizaciones concedidas al Gobierno Nacional por el artículo 2º. de la Ley 78 de 1989 y autorizaciones anteriores, para emitir, colocar y mantener en circulación Títulos de Ahorro Nacional -TAN- hasta por setenta y cinco mil millones de pesos ($75.000.000.000) adicionales a los autorizados, o para emitir Títulos de Tesorería por el mismo monto, con el propósito de atender el servicio de la deuda de los TAN en circulación durante el año 1991.

Además de los requisitos establecidos en la presente Ley, la emisión, la determinación de características financieras, colocación, circulación, negociación, garantía y servicio de los TAN que se emitan en desarrollo del presente artículo, se sujetarán a las reglas establecidas para los mismos fines en la Ley 34 de 1984 , el inciso segundo del artículo 23 de la Ley 55 de 1985 y el artículo 3º. de la Ley 78 de 1989 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1990