Micelio

Artículo 2

Decreto 3281 de 1965 · Por el cual se reglamenta la Ley 37 de 1924

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Las sumas que se recauden por este concepto ingresaran a los tesoros municipales por conducto de las respectivas Tesorerías conforme a la liquidación que, en cada caso, harán funcionarios del Ministerio de Agricultura,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3281 de 1965