Micelio

Artículo 1

Decreto 4600 de 2008 · por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 873 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modifícase el artículo 2º del Decreto 873 de 2005, el cual quedará así: " Artículo 2º. Las importaciones de los productos a que se refiere el artículo anterior, ingresarán al territorio nacional con un arancel de 0%. Las importaciones de dichos productos que excedan el contingente allí fijado ingresarán al territorio aduanero nacional con un arancel de 80%".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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