Micelio

Artículo 7

La Junta Directiva Del Icfes Otorgará Anualmente Dos Distinciones: Una Para Instituciones Oficiales Y Otra Para Instituciones No Oficiales, Que Hayan Sobresalido En El Fomento Y Desarrollo De Programas De Investigación

Decreto 2281 de 1982 · Por el cual se reglamenta el dos por ciento (2%) que deben destinar Instituciones de educación superior de sus ingresos corrientes, para el fomento y desarrollo de la investigación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Junta Directiva del ICFES otorgará anualmente dos distinciones: una para instituciones oficiales y otra para instituciones no oficiales, que hayan sobresalido en el fomento y desarrollo de programas de investigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2281 de 1982