º. Aclárase el artículo 3º del Decreto 2292 de 1982 en el sentido de que el gravamen del cinco por ciento (5%) que consagran los artículos 1º y 2º del citado Decreto, rige desde el 1º de julio, de 1982 hasta el 30 de junio de 1983, para aquellas mercancías no nacionalizadas a la fecha de la expedición de este Decreto.
Decreto 3133 de 1982 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 3133 de 1982 · Por el cual se modifica el Decreto 2292 de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.