OBLIGACIONES LABORALES. Se deben registrar por causación los pasivos a favor de trabajadores, cuando se den las siguientes condiciones
Exista un derecho adquirido y, en consecuencia, una obligación contraída;
El pago es exigible o probable, y
Su importe se puede estimar razonablemente. El cálculo del pasivo por prestaciones sociales para cada trabajador, se debe hacer al cierre del período contable, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y los acuerdos laborales existentes. El efecto retroactivo en el importe de las prestaciones sociales originado por la antigüedad y el cambio en la base salarial, forma parte de los resultados del período. En el balance general se debe hacer una apropiada clasificación entre el pasivo corriente y el pasivo a largo plazo. Para propósitos de estados financieros de períodos intermedios, se pueden registrar estimaciones globales de estos pasivos.