Artículo primero . Las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante de la Escuela Hogar para Campesinas de San Vicente del Caguán en el presente año, se distribuyen así: CAPITULO 390 Artículo 4056. Ordinal 25. Mensual Total Sueldos en enero $ 3.030.00 Sueldos en once meses febrero a diciembre: Rectora III $ 640.00 7.040.00 2 Profesoras de Cultura General a razón de $ 410.00 mensuales cada una 820.00 9.020.00 Profesora de Cursos Campesinos 490.00 5.390.00 2 Profesoras de Artes y Oficios II, a razón de $ 320.00 mensuales cada una 640.00 7.040.00 Capellán - Profesor 300.00 3.300.00 Mayordomo 230.00 2.530.00 Mensajero 160.00 1.760.00 Servicio doméstico (según distribución que haga la Rectora) 186.36 2.040.96 Suma $ 3.466.36 41.159.96 CAPITULO 388 Artículo 4057. Ordinal 25. En doce meses: enero a diciembre Para el pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento $ 80.00 960.00 CAPITULO 390 Artículo 4058. Ordinal 25. En diez meses: febrero a noviembre: Alimentación de 10 empleados, a razón de $ 70.00 mensuales cada uno 700.00 7.000.00 En dos meses: enero y diciembre: Alimentación del personal que permanece en el establecimiento durante las vacaciones 100.00 200.00 Suma $ 7.200.00 CAPITULO 390 Artículo 4060. Ordinal 25. En diez meses: febrero- a--noviembre: Alimentación para 80 alumnas becadas, a razón de $ 70.00 mensuales cada una 5.600.00 56.000.00
Decreto 300 de 1960 →Vigente
Artículo 4056
Ordinal 25
Decreto 300 de 1960 · Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiada para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación alumnas becadas y restaurante de la Escuela-Hogar para Campesinas de San Vicente del Caguán, en el presente aaño
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.