Micelio

Artículo 4056

Ordinal 25

Decreto 300 de 1960 · Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiada para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación alumnas becadas y restaurante de la Escuela-Hogar para Campesinas de San Vicente del Caguán, en el presente aaño

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El texto del artículo

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Artículo primero . Las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante de la Escuela Hogar para Campesinas de San Vicente del Caguán en el presente año, se distribuyen así: CAPITULO 390 Artículo 4056. Ordinal 25. Mensual Total Sueldos en enero $ 3.030.00 Sueldos en once meses febrero a diciembre: Rectora III $ 640.00 7.040.00 2 Profesoras de Cultura General a razón de $ 410.00 mensuales cada una 820.00 9.020.00 Profesora de Cursos Campesinos 490.00 5.390.00 2 Profesoras de Artes y Oficios II, a razón de $ 320.00 mensuales cada una 640.00 7.040.00 Capellán - Profesor 300.00 3.300.00 Mayordomo 230.00 2.530.00 Mensajero 160.00 1.760.00 Servicio doméstico (según distribución que haga la Rectora) 186.36 2.040.96 Suma $ 3.466.36 41.159.96 CAPITULO 388 Artículo 4057. Ordinal 25. En doce meses: enero a diciembre Para el pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento $ 80.00 960.00 CAPITULO 390 Artículo 4058. Ordinal 25. En diez meses: febrero a noviembre: Alimentación de 10 empleados, a razón de $ 70.00 mensuales cada uno 700.00 7.000.00 En dos meses: enero y diciembre: Alimentación del personal que permanece en el establecimiento durante las vacaciones 100.00 200.00 Suma $ 7.200.00 CAPITULO 390 Artículo 4060. Ordinal 25. En diez meses: febrero- a--noviembre: Alimentación para 80 alumnas becadas, a razón de $ 70.00 mensuales cada una 5.600.00 56.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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