Micelio

Artículo 2

° El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación

Decreto 790 de 1993 · por el cual se aplaza parcialmente la vigencia de un catastro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 29 de abril de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 790 de 1993