Micelio

Artículo 45

La Dirección Del Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Tendrá La Siguiente Estructura Orgánica: 5

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrá la siguiente estructura orgánica: 5.0 DESPACHO DEL TESORERO NACIONAL 5.0.1. Comité de Dirección 5.0.2. Auditoría Interna 5.0.3. Oficina Jurídica 5.1 SUBDIRECTOR GENERAL 5.1.1. Oficina de Sistemas 5.1.2. División de Contabilidad 5.1.3. División de Coordinación Administrativa 5.2 SUBDIRECCION OPERATIVA 5.2.1. División de Caja y Giros Nacionales 5.2.2. División de Giros al Exterior y Deuda Pública 5.2.3. División de Tesorerías y Cuentas Corrientes 5.3 SUBDIRECCION DE PLANEACION 5.3.1. División de Análisis y Evaluación 5.3.2. División de Programación y Seguimiento 5.4 SUBDIRECCION DE OPERACIONES FINANCIERAS 5.4.1. División de Operaciones Nacionales 5.4.2. División de Operaciones Internacionales C. DESCRIPCION DE FUNCIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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