Micelio

Artículo 70

Decreto 2805 de 2008 · por el cual se expide el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento para la adjudicación de la concesión. Determinada la viabilidad de la solicitud, el Ministerio de Comunicaciones informará por escrito a la entidad pública interesada, para que esta proceda dentro de los seis (6) meses siguientes, prorrogables por una sola vez con solicitud escrita, por un término igual a la mitad del inicial, a presentar los siguientes documentos

1.

Estudio técnico de conformidad con lo establecido en el correspondiente Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora.

2.

Concepto favorable de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil respecto a la ubicación y altura de la antena e iluminación y señalización de la torre.

3.

Certificado de planeación municipal con respecto a la ubicación del sistema irradiante.

4.

Manual de Estilo

Parágrafo 1

Si al vencimiento del término anterior, la entidad pública interesada no ha presentado o acreditado a satisfacción la documentación señalada en el presente artículo, el Ministerio de Comunicaciones entenderá que la entidad ha renunciado a la solicitud. La entidad pública podrá elevar una nueva solicitud después de transcurrido un (1) año, contado a partir del fenecimiento del plazo otorgado para la presentación de los documentos enumerados en el presente artículo.

Parágrafo 2

El Ministerio de Comunicaciones deberá evaluar dentro de los treinta (30) días siguientes a su recibo, si la documentación allegada por el concesionario cumple con lo solicitado en el presente artículo y con los parámetros fijados en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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