ARTICULO 56 . El Director de Extranjería del DAS podrá delegar la función de imponer multas a los jefes de puestos operativos cuando lo considere pertinente. Para la graduación de las multas se tendrá en cuenta la gravedad de la falta, la reincidencia o la renuencia del infractor. En los casos en que se presenten circunstancias especiales, que así lo ameriten, podrá exonerarse de la respectiva sanción pecuniaria, conminando al infractor mediante amonestación escrita.
Decreto 2241 de 1993 →Vigente
Artículo 56
Decreto 2241 de 1993 · por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros, y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.