º . Funciones de la Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, además de las señaladas en las leyes vigentes sobre la materia, las siguientes
Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno del Ministerio.
Aplicar el control de gestión e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Ministro.
Asesorar, acompañar y apoyar a los servidores del Ministerio en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno.
Fomentar la cultura de autocontrol en el Ministerio.
Proponer recomendaciones y mejoras de la gestión institucional a las dependencias del Ministerio.
Establecer, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, los sistemas, métodos y procedimientos de control interno para garantizar que las operaciones, actividades y actuaciones del Ministerio se realicen de conformidad con la Constitución, la ley y el interés general.
Verificar en las diferentes dependencias la aplicación de controles y el cumplimiento de las disposiciones legales, los reglamentos y los procedimientos administrativos y recomendar al Ministro la supresión de aquellos innecesarios o que puedan ser factor de ineficiencia, ineficacia o corrupción.
Vigilar que la atención de quejas y reclamos se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendir informes al Ministro sobre el particular.
Presentar informes al Ministro y al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.
Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.