Quedan a cargo de la Aeronáutica Civil los siguientes aeródromos nacionales: Arauca, Cúcuta, Ipiales, Puerto Carreño, Riohacha, Tumaco, Turbo, Bucaramanga, Puerto López, (G.), Cartago, Cravo Norte, Dos Ríos, Honda, Neiva, Orocué, Popayán, San Martín, Tame, Uribia, Urrao, Valledupar, Villavicencio, Garzón ( La Jagua ), Ibagué, Buenavista, Paipa, Mompós, Mariquita, Santágeda (Manizales) y Santa Marta.
A partir de la vigencia de este Decreto, las instalaciones, materiales, vehículos, mobiliario, herramientas y fondos destinados a estos aeródromos quedarán bajo la dependencia de la Dirección General de Aeronáutica Civil, mediante la confección de los inventarios que debe practicar la Sección correspondiente.