Autorizase al Gobierno Nacional para que contrate directamente, con una casa de reconocida competencia, el suministro de la armadura metálica para el puente sobre el río Guatiquía, así como también para que lleve a cabo la obra por administración directa o por contrato. Los contratos que al efecto celebre el Gobierno, únicamente requerirán para su validez la aprobación del Organo Ejecutivo, previos los conceptos favorables del Consejo Nacional de Vías de Comunicación y del Consejo de Ministros.
Ley 13 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Ley 13 de 1938 · por la cual se ordena la construcción de varios puentes y se destinan unas partidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.