Inscripción como profesor policial. Los oficiales y suboficiales que reúnan los requisitos para ser inscritos como profesores policiales, en cualquiera de las áreas enumeradas en el artículo anterior y dentro de las categorías determinadas en el artículo 7° de este decreto, deberán elevar solicitud escrita ante la Dirección General de la Policía por intermedio de la División Docente quien deberá revisar la documentación y conceptuar sobre el particular.
Decreto 8 de 1980 →Vigente
Artículo 16
Inscripción Como Profesor Policial
Decreto 8 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Decreto 613 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.