Micelio

Artículo 2

Ley 31 de 1939 · por la cual la Nación se asocia a la conmemoración del centenario de la fundación de la histórica ciudad de Girardota

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como contribución de la República a este centenario auxíliase al Municipio de Girardota con la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00). El Gobierno Nacional queda facultado para pagar esta suma al Municipio con destino a las obras mencionadas o para hacerse cargo de deudas municipales por igual valor, contraídas exclusivamente para la construcción de obras de servicio público.

En este último caso, el Gobierno efectuará los arreglos correspondientes con los respectivos acreedores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1939