Micelio

Artículo 18

Estructura Interna

Decreto 2083 de 1994 · por el cual se adecúa el estatuto básico de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estructura interna. La estructura interna de la Escuela será adoptada por el Consejo Directivo Nacional y sometida a la aprobación del Gobierno Nacional dentro de los cinco (5) meses siguientes a la vigencia del presente Decreto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y los siguientes lineamientos

a)

Las unidades del nivel directivo, se denominarán Secretaria General y Subdirecciones;

b)

Las unidades que cumplen funciones de asesoría, planeación y control interno se denominarán oficinas;

c)

Las unidades de investigación se denominarán institutos;

d)

Las unidades académicas se denominaran facultades, departamentos, áreas o programas;

e)

Las unidades de servicios y apoyo académico y las de carácter estrictamente administrativo se denominarán centros o divisiones.

Parágrafo

El Director Nacional y, previa delegación de éste, los directores territoriales de la Escuela podrán organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia sus funciones, cumplir su misión y desarrollar sus políticas, planes y programas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2083 de 1994