Micelio

Artículo 6

Durante El Tiempo Que Dure La Licencia Concedida Por Mandato De Las Disposiciones Anteriores, El Patrono Pagará A La Trabajadora La Remuneración Que Ella Haya Tenido Durante El Último Mes De Trabajo

Decreto 1632 de 1938 · Por el cual se reglamenta la Ley 53 de 1938, que protege la maternidad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Durante el tiempo que dure la licencia concedida por mandato de las disposiciones anteriores, el patrono pagará a la trabajadora la remuneración que ella haya tenido durante el último mes de trabajo. Igualmente, cuando se trate de trabajo a destajo o tarea, la remuneración será la que haya ganado la trabajadora durante los últimos días de ocupación anterior a la licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1632 de 1938