Micelio

Artículo 2

Modificar El Artículo 2°, En El Sentido De Que Los Viáticos Se Causarán A Partir Del 8 De Mayo Hasta El 19 Del Mismo Mes Inclusive, En La Siguiente Forma: Del 8 Al 18 De Mayo, La Suma De Us$ 3

Decreto 1252 de 1991 · por el cual se modifican los artículos primero y segundo del decreto 1163 del 2 de mayo de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modificar el artículo 2°, en el sentido de que los viáticos se causarán a partir del 8 de mayo hasta el 19 del mismo mes inclusive, en la siguiente forma: Del 8 al 18 de mayo, la suma de US$ 3.135, a razón de US$ 285 diarios y US$ 142.50, por el día 19 último de la comisión, para un total de US$ 3.277.50. Los gastos de viaje incluyendo tasa aeroportuaria, serán hasta por la suma de US$ 2.574 equivalentes a $ 1.697.960, en primera clase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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