Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y corrige los yerros contenidos en el epígrafe y en los artículos 1 y 3 del Decreto 223 del 2021. La corrección que se efectúa con el presente del acto administrativo no afecta la vigencia del Decreto 223 de 2021.
Decreto 1137 de 2021 →Vigente
Artículo 3
Vigencia
Decreto 1137 de 2021 · Por el cual se corrigen unos yerros en el Decreto 223 de 2021 "Por el cual se adiciona la Parle 23 al Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de Infraestructura (FIP) de que trata el artículo 149 de la Ley 2010 de 2019."
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.