Artículo trece. Los enfermos de lepra que no se presentaren a la institución de aislamiento dentro del plazo fijado por la Dirección Departamental de Higiene, serán remitidos a la institución de aislamiento más próxima.
Decreto 321 de 1948 →Vigente
Artículo 13
Decreto 321 de 1948 · por el cual se reglamentan los numerales a), d), e), h), i) del artículo primero de la Ley 39 de 1947.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.