Micelio

Artículo 3

El Instituto De Fomento Municipal Podrá Invertir Los Aportes Del Estado Concedidos En La Vigencia Fiscal De 1969, Para Alcantarillados En Acueductos O Para Acueductos En Alcantarillados, Dentro Del Mismo Municipio, Cuando Las Necesidades Técnicas De Las Obras Así Lo Aconsejen

Decreto 1686 de 1969 · por el cual se se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerios de Agricultura y Salud Pública), por $ 9.200.000.00.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Instituto de Fomento Municipal podrá invertir los aportes del Estado concedidos en la vigencia fiscal de 1969, para alcantarillados en acueductos o para acueductos en alcantarillados, dentro del mismo Municipio, cuando las necesidades técnicas de las obras así lo aconsejen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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