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Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 003 Del 25 De Febrero De 1988, Emanado De La Junta Directiva De La Empresa Terminal De Transportes S

Decreto 1004 de 1988 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 25 de febrero de 1988, emanado de la Junta Directiva de la Empresa Terminal de Transportes S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Apruébase el Acuerdo número 003 del 25 de febrero de 1988, emanado de la Junta Directiva de la Empresa Terminal de Transportes S. A., el cual fue ratificado por la misma mediante acta 002 de fecha 6 de abril de 1988, cuyo texto es el siguiente: “ACUERDO NUMERO 003 DE 1988 (febrero 25) por medio del cual se adopta el cambio de control de tutela de la Empresa Terminal de Transportes S. A. La Junta Directiva de la Terminal de Transportes S. A., en ejercicio de sus facultades estatutarias, en especial de las conferidas por el artículo 42 del Acuerdo número 012 de 1981, y CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva de la Sociedad estimó para esta decisión factores objetivos como los mencionados en el inciso primero, artículo 5° del Decreto 130 de 1976, relativos a la naturaleza y ámbito del servicio a las actividades encomendadas, la proporción de la participación económica y la intención de los creadores; Que de conformidad con lo acordado por la junta en sus reuniones del 18 de diciembre de 1986 y del 25 de febrero de 1988, es conveniente cambiar la tutela de la Empresa del orden nacional al orden distrital; Que la Asamblea General de Accionistas de la Empresa en su reunión del 30 de marzo de 1987 aprobó el cambio de tutela antes mencionado con la correspondiente reforma estatutaria, ACUERDA: Artículo 1° Adoptar el cambio de tutela de la Empresa “Terminal de Transporte S. A.” del orden nacional al orden distrital. La Empresa estará vinculada a la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. E. Artículo 2° Tramitar la correspondiente reforma estatutaria que el cambio de tutela exige, tal como fue aprobada por la Asamblea General de Accionistas en su reunión del 30 de marzo de 1987. Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto de aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 002 del 5 de octubre de 1987. El Presidente de la Junta Directiva, Julio César Sánchez García. El Secretario de la Junta Directiva, Pedro Arturo Buitrago Pereira”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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