Micelio

Artículo 1

Ley 18 de 1985 · por la cual se autoriza a la Nación para asumir unas deudas del Idema, se capitaliza ese Instituto y se dictan otras disposiciones”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Parágrafo

La cuantía de la deuda que asuma la Nación según lo dispuesto en el presente artículo, será aportada por el Gobierno como incremento de capital del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1985