Parágrafo
La cuantía de la deuda que asuma la Nación según lo dispuesto en el presente artículo, será aportada por el Gobierno como incremento de capital del Instituto.
Ley 18 de 1985 · por la cual se autoriza a la Nación para asumir unas deudas del Idema, se capitaliza ese Instituto y se dictan otras disposiciones”.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La cuantía de la deuda que asuma la Nación según lo dispuesto en el presente artículo, será aportada por el Gobierno como incremento de capital del Instituto.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.