Micelio

Artículo 20

Ley 18660424 de 1866 · Organizando el impuesto i la renta de salinas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 20. El resguardo marítimo i terrestre de rentas nacionales tiene el deber de celar i aprehender al contrabando de sal conforme a las ordenes e instrucciones de los administradores de la renta, i según las reglas que el poder ejecutivo establezca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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