Direcciones Seccionales. Las Direcciones Seccionales del Cuerpo Técnico de Investigación tienen las siguientes funciones
Organizar el adecuado desarrollo de las funciones del Cuerpo Técnico de Investigación a nivel Seccional.
Adelantar a través de las Unidades del Cuerpo Técnico de Investigación adscritas a la Dirección Seccional, las investigaciones de los delitos de competencia de la Dirección Seccional de Fiscalías y responder por su desarrollo.
Velar porque el Cuerpo Técnico de Investigación y las Unidades de Policía Judicial cumplan con el Código de Procedimiento Penal y normas pertinentes.
En coordinación con el Director Seccional de Fiscalías, adelantar actividades con los representantes de organismos distintos a la Fiscalía General con funciones de Policía Judicial, del nivel seccional, para el desarrollo de las investigaciones.
Efectuar el seguimiento y evaluar los resultados de las investigaciones adelantadas por las Unidades del Cuerpo Técnico de Investigación adscritas.
Prestar los servicios de criminalística requeridos en el desarrollo de las investigaciones o procesos de competencia de la Dirección Seccional de Fiscalías.
Organizar en coordinación con la Dirección Seccional de Fiscalías y con el apoyo de los organismos de seguridad del Estado, la protección de víctimas, testigos e intervinientes en los procesos que sean de su conocimiento.
Coordinar con la Dirección Seccional de Fiscalías y con la Dirección Seccional Administrativa y Financiera, las acciones tendientes al desarrollo efectivo de la función de investigación.
Asistir, en representación de la Fiscalía General de la Nación, a los comités, juntas, sesiones y demás reuniones interinstitucionales en su respectivo departamento, que tengan que ver con el ejercicio de la función de Policía Judicial o relacionadas con la investigación penal.
Las demás funciones que les sean asignadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación que guarden relación con la naturaleza de la dependencia. CAPITULO OCTAVO De la Dirección Nacional Administrativa y Financiera y sus dependencias