Micelio

Artículo 14

Decreto 2746 de 1984 · Por el cual se dictan disposiciones sobre normalización técnica, control de las calidades; certificación; pesas y medidas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los fabricantes de productos sujetos al cumplimiento de Normas Técnicas Colombianas. Oficiales Obligatorias o de requisitos de calidad, deberán obtener previamente a su comercialización licencia de fabricación o Registro de fabricación según el caso, expedido por la Superintendencia de Industria y Comercio o por la entidad que fuere legalmente competente.

Parágrafo

Las personas naturales o jurídicas que no cumplieren con lo descrito en el presente artículo serán sancionadas de acuerdo con lo establecido en este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2746 de 1984