Una vez concluidos los estudios de carácter científico y comercial que adelanta el Ministerio de Minas y Petróleos acerca de los yacimientos expresados, el Gobierno procederá a gestionar la fundación de una empresa para su explotación racional. En la formación de dicha empresa, el Gobierno podrá tomar parte como accionista mediante aporte financiero, técnico o de cualquiera otra clase.
Ley 102 de 1943 →Vigente
Artículo 2
Ley 102 de 1943 · Por la cual se dictan algunas disposiciones en relación con los yacimientos carboníferos en la cuenca de Cerrejón, en el Departamento del Magdalena y se dicta una disposición sabe tarifas de carbón
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.