Artículo primero . Apruébase, con modificaciones, el Acuerdo número 002 de noviembre 11 de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Casanare, por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia, para el período comprendido entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981). «ACUERDO NUMERO 002 DE 1980 (noviembre 11) por el cual se fija el presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia Nacional de Casanare, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981). El Consejo Intendencial de Casanare, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el literal c), del artículo 9°, del Decreto 1926 de 1975, ACUERDA: Artículo primero. Fíjanse los cómputos del presupuesto de rentas e ingresos del Tesoro Intendencial para la vigencia fiscal del primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), en la suma de ciento veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil ocho pesos ($ 126.157.008.00) moneda corirente, según los pormenores siguientes: PRIMERA PARTE Prepuesto de Rentas e Ingresos. CAPITULO I Ingresos Corrientes 126.157.003 Ingresos tributarios 104.385.000 A) Impuestos directos 3.010.000 01 Registro y anotaciones 2.600.000 02 Circulación y Tránsito 410.000 B) Impuestos indirectos 101.375.000 05 Tabaco y cigarrillos 20.000.000 06 Cervezas 60.000.000 07 Degüello 200.000 09 Cigarrillos extranjeros 3.000.000 10 Licores y vinos extranjeros 610.000 11 Licores y vinos nacionales 17.500.000 13 Billetes, rifas y apuestas 65.000 Ingresos no tributarios 21.772.003 A) Tasas y venta de servicios 10.500.000 22 Alquiler de maquinaria 8.000.000 23 Alquiler de avioneta 2.500.000 B) Rentas ocasionales 1.800.000 27 Aprovechamientos 1.800.000 C) Rentas contractuales 72.000 32 Arrendamiento 72.000 D) Aportes, auxilios y participaciones 9.400.003 37 Cánones superficiarios de arrendamiento 1 38 Participación regalías petrolíferas 4.500.000 39 Participación nacional consumo gasolina y ACPM 2.400.000 44 Participación caminos vecinales 2.500.000 43 Contrato DAINCO 1 41 Transferencias FER 1 CAPITULO II Recursos de Capital 5 Recursos del Balance del Tesoro 5 A) Saldo vigencias expiradas 3 51 Fondos comunes 1 52 Auxilios aportes especiales 1 53 Superávit 1 B) Recursos del crédito 2 56 Crédito interno 1 57 Crédito externo 1 Total presupuesto de rentas e ingresos 126.157.008 SEGUNDA PARTE Presupuesto de Gastos Artículo segundo. Aprópiase, para atender los gastos de la lntendencia Nacional de Casanare, durante la vigencia fiscal del primero (1°) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), una suma igual a la del cálculo de las rentas e ingresos del Tesoro de la Intendencia, determinado en el artículo anterior por valor de ciento veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil ocho pesos ($ 126.157.008) moneda corriente, distribuida así: CAPITULO III Gastos de Funcionamiento. A. Servicios personales 52.724.535 B. Gastos generales 17.996.000 C. Transferencias 18.596.342 D. Servicio de la deuda 101 Total 89.316.978 Consejo Intendencial. A) Servicios personales 325.600 1 Dietas 264.000 2 Sueldo personal de nómina (2½ meses) 46.500 3 Gastos de representación 12.000 6 Prima de Navidad 3.100 B) Gastos Generales 131.000 17 Viáticos y gastos de viaje 100.000 18 Servicio de comunicaciones 6.000 20 Materiales y suministros 25.000 Total Consejo Intendencial 456.600 Despacho Intendencial. A) Servicios personales 3.984.600 2 Sueldo personal de nómina 2.965.200 3 Gastos de representación 312.000 5 Honorarios 80.000 6 Prima de Navidad 278.900 7 Prima técnica 69.600 10 Prima de vacaciones 139.450 1 Prima semestral 139.450 B) Gastos generales 2.715.000 15 Mantenimiento y aseguros 110.000 15-1. Mantenimiento avioneta 1.200.000 16 Compra de equipo 420.000 17 Viáticos y gastos de viaje 400.000 18 Servicio de comunicaciones 100.000 20 Materiales y suministros 300.000 21 Impresos y publicaciones 60.000 23 Gastos varios e imprevistos 25.000 24 Gastos especiales 100.000 Total Despacho Intendencial 6.699.600 Secretaría de Gobierno. A) Servicios personales 3.232.600 2 Sueldo personal de nómina 2.590.800 3 Gastos de representación 144.000 6 Prima de navidad 227.900 7 Prima técnica 42.000 10 Prima de vacaciones 113.950 11 Prima semestral 113.950 B) Gastos generales 2.820.000 15 Mantenimiento y aseguros 280.000 16 Compra de equipo 750.000 17 Avalúos y gastos de viaje 900.000 18 Servicio de comunicaciones 65.000 20 Materiales y suministros 800.000 23 Gastos varios e imprevistos 25.000 C) Transferencias 1.760.000 33 Raciones traslados de presos 60.000 35 Gastos protección indígena 200.000 36 Servicios Policía 250.000 40 Auxilio sostenimiento DAS 250.000 59 Auxilio Oficinas Promotoras 150.000 60 Auxilio Defensa Civil 150.000 61 Auxilio Bomberos Voluntarios Yopal 700.000 Sección Alcaldía Corregimientos e Inspecicones de Policía. A) Servicios personales 11.806.200 2 Sueldos personal de nómina 10.119.600 6 Prima de Navidad 843.300 10 Prima de vacaciones 421.650 11 Prima semestral 421.650 Total Secretaría de Gobierno 19.618.800 Secretaría de Hacienda. A) Servicios personales 8.284.000 2 Sueldo personal de nómina 6.846.000 3 Gastos de representación 144.000 6 Prima de Navidad 586.000 7 Prima técnica 42.000 8 Vacaciones remuneradas 40.000 9 Reconocimiento por entrega de oficina 40.000 10 Prima de vacaciones 293.000 11 Prima semestral 293.000 B) Gastos generales 3.875.000 15 Mantenimiento y aseguros 300.000 16 Compra de equipo 600.000 17 Viáticos y gastos de viaje 600.000 18 Servicio de comunicaciones 40.000 19 Servicios públicos 60.000 20 Materiales y suministros 700.000 21 Impresos y publicaciones 400.000 22 Arrendamientos 1.000.000 23 Gastos varios e imprevistos 25.000 26 Reconocimiento póliza de manejo 150.000 C) Transferencias 16.836.342 30 Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas 30% 6.056.250 31 Aportes a Caja de Previsión Social, 8% 3.241.896 32 Aporte para subsidio familiar 120.000 38 Aguinaldo del Niño Pobre 140.000 39 Auxilio gente de escasos recursos 140.000 41 Pagos al SENA 202.619 42 Celebración Día del Campesino 100.000 44 Aporte a COINCO programa gestión delegada (Agentes Fiscales) 120.000 45 Auditaje Fiscal 120.000 47 Celebración festividades patrias 80.000 49 Capacitación empleados 30.000 52 Bienestar Familiar, 2% nómina empleados 810.474 53 Auxilio radio Operador DAINCO 48.000 54 Cesantías 4.227.284 55 Transportes aéreos y terrestres 800.000 58 ESAP 202.619 59 Dotación obreros según convención colectiva 120.000 60 Auxilio médico legista Paz de Ariporo y Monterrey 277.200 D) Servicio de la deuda 101 66 Deuda COINCO 1 67 Saldo vigencias expiradas 100 Total Secretaría de Hacienda 28.995.443 Secretaría de Obras Públicas A) Servicios personales 16.948.800 2 Sueldos personal nómina 11.516.400 3 Gastos de representación 144.000 4 Jornales 2.400.000 6 Prima de Navidad empleados y obreros 1.189.200 7 Prima técnica 210.000 10 Prima de vacaciones 594.600 11 Prima semestral 594.600 12 Horas extras y novedades 300.000 B) Gastos generales 6.139.200 15 Mantenimiento y aseguros 600.000 16 Compra de equipo 1.394.600 17 Viáticos y gastos de viaje 800.000 18 Servicio de comunicaciones 25.000 20 Materiales y suministros 3.294.600 23 Gastos varios e imprevistos 25.000 Total Secretaría de Obras Públicas 23.088.000 Secretaría de Educación A) Servicios personales 3.337.600 2 Sueldos personal de nómina 2.716.800 3 Gastos de representación 144.000 6 Prima de Navidad 238.400 10 Prima de vacaciones 119.200 11 Prima semestral 119.200 B) Gastos generales 970.000 15 Mantenimiento y aseguros 100.000 16 Compra de equipo 400.000 17 Viáticos y gastos de viaje 120.000 20 Materiales y suministros 100.000 21 Impresos y publicaciones 250.000 Total Secretaría de Educación 4.307.600 Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales. A) Servicios personales 3.815.935 2 Sueldos personal de nómina 2.242.800 3 Gastos de representación 144.000 4 Jornales 800.000 6 Prima de Navidad empleados y obreros 272.567 7 Prima técnica 84.000 10 Prima de vacaciones 136.284 11 Prima semestral 136.284 B) Gastos generales 2.335.000 15 Mantenimiento y aseguros 200.000 16 Compra de equipo 350.000 17 Viáticos y gastos de viaje 250.000 18 Servicios de comunicación 60.000 20 Materiales y suministros 750.000 21 Impresos y publicaciones 100.000 23 Gastos varios e imprevistos 25.000 27 Impresos guías de movilización y papeletas de venta 600.000 Total Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos naturales 6.150.935 Total presupuesto de gastos de funcionamiento 89.316.978 CAPITULO IV Gastos de Inversión. PROGRAMA I Obras Públicas Unidad ejecutora: Secretaría de Obras Públicas 24.156.250 Inversión directa. 9.875.000 Subprograma 101. Construcción carreteras y calles 3.100.000 Proyectos. 1 Carretera Pauto - Tablón de Támara - Támara 800.000 2 Carretera Puerto Tocaría, Nunchía 500.000 3 Carretera San Benito - Chámeza 800.000 5 Carreteable Morichal, Yopitos, Guamitos 150.000 6 Construcción carreteable Tilodirán, Guariamena - Yopal 50.000 7 Construcción carreteable Nunchía-Río Pauto 150.000 8 Construcción y arreglo carreteable La Guada-Teislandia 50.000 9 Construcción carreteable. Támara vereda La Victoria 150.000 10.Construcción carreteable de Támara-vereda de Guayabal 150.000 11 Construcción carreteable Tauramena-La Cabuya 100.000 12 Construcción cerretera Tauramena-Monterrey 200.000 Subprograma 102. Conservación carreteras y calles 900.000 Proyectos. 1 Arreglo calles y vías barrio La Campiña 100.000 2 Arreglo carreteable Yopal La Manga 100.000 3 Arreglo carreteable Yopal Barbaseos 100.000 4 Arreglo carreteable Tilodirán Quebrada Seca 100.000 5 Arreglo calles Aguazul 150.000 6 Arreglo carreteable Hato Corozal-Caño Flor Amarillo 100.000 7 Arreglo carreteable Paz de Ariporo - Rincón Hondo 50.000 8 Arreglo carreteable Paz de Ariporo-Montañas del Totumo 100.000 9 Arreglo y construcción carreteable Río Pauto, El Banco, La Plata 100.000 Subprograma 104. Construcción puentes 125.000 Proyecto. 1 Construcción puente sobre Caño Seco, en la vía el barrio La Campiña 125.000 Subprograma 108. Construcción edificios públicos 3.000.000 Proyectos. 1 Taller obra pública 1.000.000 2 Edificio intendencial 1.500.000 3 Casa Municipal Támara 200.000 4 Terminación Casa Municipal Hato Corozal 300.000 Subprograma 109. Remodelación y reparación edificios 150.000 Proyecto 1 Casa Municipal Villanueva 150.000 Subprograma 125. Adquisición plantas eléctricas 100.000 Proyecto. 1 Compra planta eléctrica Inspección Tilodirán, Yopal 100.000 Subprograma 131. Construcción, ampliación, acueductos y alcantarillados 900.000 Proyectos 1 Construcción acueducto Corregimiento El Morro 100.000 2 Construcción acueducto Inspección Intendendencial Morichal 100.000 3 Acueducto Municipal Támara 200.000 4 Ampliación acueducto Nunchía 200.000 5 Construcción acueducto barrio Providencial - Yopal 300.000 Subprograma 137. Compra motores fuera de borda 800.000 Proyecto. 1 Compra 5 motores fuera de borda y 3 voladoras en la Intendencia 800.000 Subprograma 139: Compra equipos obras públicas 800.000 Proyectos. 1 Compra vehículos Secretaría de Hacienda 400.000 2 Compra vehículo Secretaría de Agricultura 400.000 Inversión indirecta 14.281.250 Subprograma 150. Aportes, auxilios para fondos de obras públicas municipales 14.131.250 Proyectos. 1 Junta de Acción Comunal Buenavista, obras varias 100.000 2 Junta de Acción Comunal La Vega, obras varias 100.000 3 Junta de Acción Comunal de La Guafilla, obras varias 150.000 4 Junta de Acción Comunal El Amparo, para el acueducto 100.000 5 Junta de Acción Comunal barrio 20; de Julio, obras varias 100.000 6 Junta de Acción Comunal Inspección Tilodidirán, obras varias 100.000 7 Colegio La Presentación, Yopal, para ampliación aulas escolares 300.000 8 Asociación de Padres de Familia Colegio Juan Pablo II, Yopal 300.000 9 Junta de Acción Comunal vereda El Charte, obras varias 150.000 10 Junta de Acción Comunal de Las Palomas vereda de (Aguaverde), obras varías 100.000 11 Junta de Acción Comunal Los Manantiales, obras varias 100.000 12 Junta de Acción Comunal vereda Yopitos, para desviación río Charte, en vereda Morichal 100.000 13 Junta de Acción Comunal vereda de Cunamá, obras varias 100.000 14 Junta de Acción Comunal Corregimiento Monterralo, construcción camino, Boquerón - Tauramena 50.000 15 Junta de Acción Comunal Central de Aguazul, obras varias 300.000 16 Junta de Acción Comunal vereda Cupiagua, construcción puente Hamaca sobre el río Unete 60.000 17 Junta de Acción Comunal Inspección de Policía San Miguel de Farallones, construcción puente Hamaca sobre el río Cusiana, en el camino Monterralo - Tauramena. 80.000 18 Junta de Acción Comunal, Inspección de Policía de San Miguel de Farallones, construcción de caminos de herradura a Monterralo y Cupiagua 100.000 19 Junta de Acción Comunal Central de Chámeza, para obras varias 200.000 20 Junta de Acción Comunal Central de Chámeza, para arreglo de caminos 200.000 21 Junta de Acción Comunal de Puerto Colombia, construcción escuela 100.000 22 Junta de Acción Comunal Central para carreteable Alemania, Santa Bárbara, Corralito 150.000 23 Junta de Acción Comunal Puerto Colombia, construcción casa Corregimiento 100.000 24 Junta de Acción Comunal de Manare, obras varias 60.000 25 Junta de Acción Comunal Santa Bárbara, obras varias 50.000 26 Junta de Acción El Guafal, construcción casa Inspección 50.000 27 Junta de Acción Comunal Santa Rita, obras varias 50.000 28 Junta de Acción Comunal de Chire, para acueducto 50.000 29 Junta de Acción Comunal La Frontera (La Chapa), obras varias 150.000 30 Junta de Acción Comunal de Hato Corozal, para construcción casa de la Inspección de Berlín 100.000 31 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para terminación de la manga de coleo Los Lanceras 225.000 32 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para plaza de mercado 150.000 33 Junta de Acción Comunal Central de Hato Corozal, para construcción salón múltiple Colegio Municipal Luis Hernández Vargas 200.000 34 Junta de Acción Comunal de Rodrigoque, construcción puente colgante sobre la quebrada de Contadero Municipio La Salina 200.000 45 Junta de Acción Comunal Central de Maní, para arreglo del parque infantil 150.000 36 Junta de Acción Comunal de. Santa Helena de Cusiva, para obras varias 100.000 37 Junta de Acción Comunal del Paso Real del Guariamena, construcción casa Inspección 100.000 38 Junta de Acción Comunal de San Joaquín de Garibay, obras varias 50.000 39 Junta de Acción Comunal de Gaviotas, obras varias 50.000 40 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para construcción alcantarillado 300.000 41 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para construcción del coliseo de deportes 250.000 42 Junta de Acción Comunal de Monterrey (Central), para arreglo casa municipal 100.000 43 Junta de Acción Comunal Central de Monterrey, para obras varias 150.000 44 Junta de Acción Comunal vereda de Siribana, para obras varias municipio Nunchía 100.000 45 Junta de Acción Comunal vereda El Conchal, para varias obras, Municipio de Nunchía 100.000 46 Junta de Acción Comunal de la Inspección de Veladero, para abras varias Municipio de Nunchía 100.000 47 Junta de Acción Comunal de Puerto Tocaría, para obras varias, Municiipo de Nunchía 100.000 48 Junta de Acción Comunal Central, arreglo Colegio La Inmaculada, Municipio de Orocué 125.000 49 Junta de Acción Comunal, para obras varias Municipio Orocué 125.000 50 Junta de Acción Comunal El Palmar, para obras varias, Municipio de Paz de Ariporo 100.000 51 Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Bocas de la Hermosa, para construcción tanque elevado para agua potable, Municipio Paz de Ariporo 150.000 52 Junta de Acción Comunal Central, para la Junta de Acción Comunal de Agua Verde, para obras varias, Municipio Paz de Ariporo 50.000 53 Junta de Acción Comunal Central para obras varias Municipio Pore 550.000 54 Tesorería Municipal Pore, reparación y mantenimiento acueducto 100.000 55 Junta de Acción Comunal Central de Recetor, caminos veredales 100.000 56 Junta de Acción Comunal Central de Recetor, para obras varias 100.000 57 Junta de Acción Comunal Centrad de Recetor, para reconstrucción puente colgante Vigas, Recetoreña y construcción puente Hamca quebrada Agua Buena, vía El Begón, Chámeza 100.000 58 Junta de Acción Comunal Los Alpes, para obras varias Municipio Recetor 100.000 59 Junta de Acción Comunal de Villanueva, para la Asociación de Padres de Familia para la conservación y mantenimiento de la Concentración Escolar de primaria 125.000 60 Junta de Acción Comunal Central de Sacama, para varias obras 250.000 61 Junta de Acción Comunal vereda Barronegro, obras varias, Municipio Sácama 150.000 62 Junta de Acción Comunal Central de San Luis de Palenque, para obras varias 510.000 63 Junta de Acción Comunal de la Inspección del Tablón de Támara, para obras varias 100.000 64 Junta de Acción Comunal vereda del Ariporo, para puente sobre el río Ariporo, Municipio Támara 200.000 65 Junta de Acción Comunal de la Inspección de Teislandia, para obras varias Municipio Támara 200.000 66 Junta de Acción Comunal de la vereda de San Pedro, para obras varias, Municipio Támara 100.000 67 Junta de Acción Comunal de La Suguía, para obras varias, Municipio de Támara 100.000 63 Junta de Acción Comunal para la casa de la Inspección de la vereda Tacuya, en el sitio denominado Santa María, Municipio Tauramena 100.000 69 Junta de Acción Comunal Central, para arreglo cárcel municipal, Municipio Tauramena 100.000 Programas. 1 Construcción edificio Colegio Intendencial Villanueva 700.000 2 Construcción aulas Colegio Jorge Eliécer Gaitán, Sabanalarga 700.000 Inversión indirecta 1.900.000 Subprograma 154. Aportes, auxilios programas educativos 1.400.000 Proyectos 1 Préstamos 700.000 2 Becas intendenciales 700.000 Subprograma155. Junta Municipal de Deportes programas deportivos 500.000 PROGRAMA III Agropecuario Unidad ejecutora: Secretaría de Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales 9.383.780 Inversión directa. 6.683.780 Subprograma 112. Construcción plazas de ferias 1.900.000 Proyectos. 1 Yopal 700.000 2 Paz de Ariporo 600.000 3 Maní 600.000 Subprograma 123. Construcción granjas agrícolas 1.400.000 Proyectos. 1 Granja Trinidad 700.000 2 Granja Paz de Ariporo 700.000 70 Junta de Acción Comunal Central para obras varias Municipio de Trinidad 100.000 71 Junta de Acción Comunal Corregimiento La Lucha, obras varias, Municipio de Trinidad 50.000 72 Junta de Acción Comunal Inspección El Guamal, obras varias, Municipio de Trinidad 50.000 73 Junta de Acción Comunal del Corregimiento de Bocas del Páuto, obras varias Municipio de Trinidad 200.000 74 Junta de Acción Comunal de los Chochos, para varias obras, Municipio de Trinidad 100.000 75 Otros aportes, auxilios para fondos de obras públicas municipales, 70% 4.031.250 Subprograma 153. Compra certificados de aportación COINCO 150.000 PROGRAMA II Educativo. Unidad ejecutora: Secretaría de Educación 3.300.000 Inversión directa. 1.400.000 Subprograma 108. Construcción edificios públicos 1.400.000 Subprograma 145. Dotación y sostenimiento granjas industriales agropecuarias 1.783.780 Proyectos. 1 Granja Agua Clara 800.000 2 Granja Bubuy 983.780 Subprograma 146. Construcción y desarrollo viveros 400.000 Proyectos. 1 Vivero Yopal 400.000 Subprograma 147. Compra terrenos granjas 1.200.000 Proyectos. Inversión indirecta 2.700.000 Subprograma 156. Aportes, auxilios para Fondo agropecuario 2.700.000 Proyectos. 1 Fondo Ganadero Casanare 900.000 2 Aporte para Juntas de Ferias Yopal 500.000 3 Sostenimiento, compra granjas 1.300.000 Total gastos de inversión 36.840.030 Total gastos de funcionamiento e inversión 126.157.008 RESUMEN Funcionamiento Inversión Total Consejo Intendencial 456.600 456.600 Despacho Intendencial 6.699.600 6.699.600 Secretaría de Gobierno 19.618.800 19.618.800 Secretaría de Hacienda 28.995.443 28.995.443 Secretaria de Obras Públicas 23.088.000 24.156.250 47.244.250 Secretaría de Educación 4.307.600 3.300.000 7.607.600 Secretaría Agricultura y Ganadería, Recursos Naturales 6.150.935 9.383.780 15.534.715 Total 89.316.978 36.840.030 126.157.008 DISPOSICIONES GENERALES Artículo tercero. El único ordenador de gastos en la Intendencia de Casanare será el Intendente. Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal. Artículo quinto. La partida autorizada para cada concepto incluido en el presupuesto de gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monto señalado. Artículo sexto. Ningún funcionario agente de la Intendencia podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el presupuesto de gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible. Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan. Artículo séptimo. La dependencia intendencial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas. Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la administración intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea efectuar pagos por anticipado de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que haya suministrado el bien, de. acuerdo al contrato o solicitud de suministro, en relación con los cuales se abrió la carta de crédito. Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal, quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro, que da origen en el primer caso, o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso. Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las dosponibilidades efectivas de los recursos financieros el Gobierno intendencial, con participación del Secretario de Hacienda, preparará durante los últimos cinco (5) días de cada mes un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comportamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas v demás avances de información de los planes en ejecución. Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminada por el objeto del gasto. Artículo décimo. La administración intendencial no podrá celebrar contratos ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal. Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado. Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda pública; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos. Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derecho de publicación, certificado de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato. Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida per el funcionario ordenador de gastos. Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagarán por mensualidades con el respectivo sueldo. Artículo decimosexto. Toda erogación con cargo a gastos imprevistos que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada por el Intendente, mediante resolución motivada. Artículo decimoséptimo. Cuando a un empleado o trabajador al servicio de la Intendencia le sea conferirla una comisión oficial dentro del territorio nacional fuera de la Intendencia se le autorizará el pago de viáticos, según la siguiente escala
El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1.800.00 diarios.
Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 35.000.00 y $ 20.001.00, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.500.00 diarios.
Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 20.000.00 y $ 10.001.00, tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.000.00 diarios.
Los empleados cuyas asignaciones mensuales sean de $ 10.000.00 o menor ganarán viáticos a razón de $ 800.00 diarios.
Cuando la comisión fuere ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro del territorio de la Intendencia, se reconocerán viáticos diarios así
El Intendente ganará a razón de $ 1.000.00 diarios.
Sueldos de $.2.001.00 a s 35.000.00, a razón de $800.00 diarios.
Sueldos de $10.001.00 a $ 20.000.00 a razón de $ 600.00 diarios.
Sueldos de $ 10.000.00 o menos, a razón de $ 500.00 diarios. Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días, sin embargo, no estarán sujetos a los términos de este artículo las comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor, a juicio del Jefe del respectivo organismo.
Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente. Artículo decimonoveno. Los consejeros intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera del territorio intendencial, en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el Intendente mediante resolución previa. Artículo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión solo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la que ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes, de acuerdo a la escala de viáticos. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida, en tal caso, sola habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte. Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Intendencia, no se consideran en comisión dentro de su territorio, por el hecho de destinárseles a un nuevo frente de trabajo en forma permanente. Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se epagará por nómina, conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles. Por planilla solo se pagarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas. Artículo vigesimotercero: El pago de las vacaciones en dinero sola podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorne la normal prestación del servicio. Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro "gastos especiales" que exceda la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Intendente. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, deberá tener el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías. Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo, no se girará su valor sino cuando su inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea su destinación. Artículo vigeimosexto. El Intendente, a través de la Secretaría dé Hacienda, informará a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías acerca del estado financiero, mediante cuadros que demuestren tanto los ingresos como los gastos durante el mes anterior. Artículo vigesimoséptimo. Las adquisiciones tanto de consumo como devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente, se acompañará del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales pertinentes. Artículo vigesimoctavo. El Intendente queda autorizado para celebrar los contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la ley vigente. Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibida dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto. Artículo trigésimo. Queda terminantemente prohibido el pago con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de servicios personales y gastos generales de entidades distantas a las de la Intendencia salvo lo que se pacte en convenios especiales o sea dispuesto por la ley. Artículo trigesimoprimero. En desarrollo del articulo noveno del Decreto número 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá. Artículo trigesimosegundo. Los gastos de cada dependencia tendrán el siguiente orden de prioridad para su giro: Primera prioridad. Servicios personales. Transferencias de ley cuota patrona, Caja de Previsión Social, SENA, ESAP, Instituo de Bienestar Familiar (ICBF). Aporte a COINCO para programa Gestión Delegada (Agentes Fiscales). Auxilio radio-operador DAINCO. - Servicio de la deuda. Segunda prioridad. - Gastos generales. Tercera prioridad. - Deudas transferidas y gastos de inversión. No podrán emitirse giros, ni hacerse pagos, ni referendarse giros por los funcionarios competentes, cuando se hicieren en contravención a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo trigesimotercero. Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte a la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda. Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y uno (1981). Comuníquese y cúmplase. Dado en Yopal, capital de la Intendencia Nacional de Casanare, a los once (11) días del mes de noviembre de 1980. (Fdo), Carlos Sandoval Nossa , Presidente Consejo Intendencial, (Fdo), Clara Sandoval de Osario , Secretaria Consejo Intendencial. La suscrita, Secretaria del Consejo Intendencial, hace constar que el presente Acuerdo fue aprobado en los debates reglamentarios efectuados en días diferentes. Yopal, noviembre 25 de 1980. (Fdo), Clara Sandoval de Osorio , Secretaria del Consejo Intendencial. - Intendencia Nacional de Casanare. Yopal, noviembre 26 de 1980. De conformidad con las atribuciones que otorga el ordinal f) del artículo 21 del Decreto 1926 de 1975, sanciónase el presente Acuerdo y envíase al Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías para su aprobación. SANCIONADO (Fdo), Getulio Vargas Barón , Intendente Nacional de Casanare. (Fdo), Ana Beley Barrera Martínez, Secretaria Ejecutiva».