°. De las reuniones del Consejo Coordinador del Sector Telefónico y de sus pronunciamientos se dejará constancia en actas que llevarán la firma del respectivo Secretario. Efectuado un determinado pronunciamiento el Secretario del Consejo Coordinador del Sector Telefónico procederá a comunicarlo de inmediato a las autoridades interesadas aunque el acta correspondiente se encuentre pendiente de aprobación.
Decreto 994 de 1989 →Vigente
Artículo 6
De Las Reuniones Del Consejo Coordinador Del Sector Telefónico Y De Sus Pronunciamientos Se Dejará Constancia En Actas Que Llevarán La Firma Del Respectivo Secretario
Decreto 994 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto ley 129 de 1976
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.