Micelio

Artículo 2

Decreto 237 de 2000 · Por el cual se ordena la emisión y colocación de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados "Títulos de Reducción de Deuda" -TRD-

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Sujetos obligados a efectuar la inversión en títulos de reducción de deuda -TRD- . Están obligados a efectuar suscripción en el mercado primario de los Títulos de Reducción de Deuda -TRD-, todos los establecimientos de crédito, las sociedades de capitalización, las compañías de seguros, los fondos comunes ordinarios, especiales y de inversión administrados por sociedades fiduciarias, los fondos de valores administrados por sociedades comisionistas de bolsa y los fondos de inversión administrados por las sociedades administradoras de inversión. No están obligados a efectuar la inversión de que trata el inciso anterior los fondos que de conformidad con el respectivo reglamento tengan como objeto exclusivo la administración de los recursos de seguridad social y los fondos de inversión extranjera. Igualmente, quedan excluidos los recursos destinados exclusivamente a seguridad social administrados por las compañías de seguros

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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