Micelio

Artículo 8

Son Funciones Generales De Los Jefes De Las Divisiones Técnicas: A) Responder Ante El Director Del Ministerio Por El Cumplimiento De Sus Funciones; B) Asesorar Al Ministro, Al Secretario General Y Al Director En Todo Lo Relacionado Con Los Negocios Propios De Su División; C) Representar Al Ministro En Las Actividades Oficiales Que Éste Indique; D) Orientar El Trabajo De La División; E) Orientar Los Estudios Tendientes A Conocer La Situación De Los Aspectos Agropecuarios, De Los Cuales Son Responsables; F) Orientar La Elaboración De Los Programas A Largo Y A Corto Plazo, En Colaboración Con La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación; G) Evaluar El Desarrollo De Los Programas Que Adelantan Las Unidades Del Ministerio Y Las Entidades Vinculadas Al Ministerio; H) Informar Periódicamente Al Director, Y Por Su Conducto Al Secretario General Y Al Ministró, Sobre Los Problemas Y Necesidades De Su Repartición, Y Acerca Del Desarrollo De Los Programas En Ejecución

Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones generales de los Jefes de las Divisiones Técnicas

a)

Responder ante el Director del Ministerio por el cumplimiento de sus funciones;

b)

Asesorar al Ministro, al Secretario General y al Director en todo lo relacionado con los negocios propios de su División;

c)

Representar al Ministro en las actividades oficiales que éste indique;

d)

Orientar el trabajo de la División;

e)

Orientar los estudios tendientes a conocer la situación de los aspectos agropecuarios, de los cuales son responsables;

f)

Orientar la elaboración de los programas a largo y a corto plazo, en colaboración con la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación;

g)

Evaluar el desarrollo de los programas que adelantan las unidades del Ministerio y las entidades vinculadas al Ministerio;

h)

Informar periódicamente al Director, y por su conducto al Secretario General y al Ministró, sobre los problemas y necesidades de su repartición, y acerca del desarrollo de los programas en ejecución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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