A partir de la sanción de la presente Ley y, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizase al Gobierno Nacional con el fin de que planifique y ponga en ejecución las siguientes obras de interés social y de beneficio común para el Municipio de Santuario:
Construcción Unidad Deportiva.
Construcción Mercado Cubierto.
Construcción Cárcel Regional en la Marina.
Dotación Biblioteca Casa de la Cultura.
Pavimentación de la carretera La Marina-Santuario.
Reforestación de las cuencas hidrográficas de las quebradas La Sirena y San Rafael.