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Artículo 31

El Jefe De Cada División De Personal Comunicará A La Comisión De Reclutamiento, Ascensos Y Disciplina, Y Al Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Según El Caso, Las Recomendaciones De La Comisión De Personal Respectiva Y Las Actividades De Su Dependencia

Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Jefe de cada División de Personal comunicará a la Comisión de Reclutamiento, Ascensos y disciplina, y al Departamento Administrativo del Servicio Civil, según el caso, las recomendaciones de la Comisión de Personal respectiva y las actividades de su dependencia. SECCION SEGUNDA Comisiones de personal

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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