Micelio

Artículo 4

Los Miembros Del Consejo Asesor Que No Tengan Vínculos Laborales Permanentes Con Entidades Oficiales, Recibirán Las Mismas Sumas Que Por Concepto De Honorarios Perciben Los Miembros De La Junta Directiva Del Ices, Por Cada Reunión De Trabajo

Decreto 1688 de 1991 · por el cual se crea el Consejo Asesor para el Desarrollo de los Programas de Formación Avanzada y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los miembros del Consejo Asesor que no tengan vínculos laborales permanentes con entidades oficiales, recibirán las mismas sumas que por concepto de honorarios perciben los miembros de la Junta Directiva del Ices, por cada reunión de trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1688 de 1991