º . Oficina de Planeación Sectorial . En relación con el sector administrativo del Desarrollo Económico, son funciones de la Oficina de Planeación Sectorial, las siguientes
Asesorar al Ministro en la definición de las políticas sectoriales que incidan en los objetivos y funciones generales de la institución.
Fomentar la elaboración de estudios e investigaciones que permitan mejorar la formulación y orientación de los programas sectoriales.
Coordinar la preparación del plan de acción de las entidades adscritas y vinculadas, y en igual sentido las de las diferentes áreas de la institución y evaluar los resultados tanto del plan misional como estratégico y proponer los ajustes necesarios.
Coordinar los planes y programas de la entidad con los otros organismos del sector.
Asesorar a las dependencias de la entidad en la ejecución de planes y programas institucionales e igualmente en los procesos de planeación y programación.
Adelantar los estudios técnicos de costo-beneficio, costo-efectividad, factibilidad, análisis de tendencias y los demás que sean necesarios para el diseño de las políticas y de los proyectos de contratación de la entidad.
Formular programas de cooperación técnica nacional e internacional que la entidad requiera para el desarrollo de su objetivo institucional.
Preparar, en coordinación con otros organismos públicos, en especial con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, y cuando fuere el caso, con técnicos y representantes del sector privado, los planes y programas de la entidad y del sector y elaborar el anteproyecto de presupuesto que en cada vigencia fiscal se requiera para su ejecución.
Preparar un informe sobre los proyectos y acciones que vaya a ejecutar la correspondiente entidad, de acuerdo con la metodología y reglas que defina el Gobierno Nacional, para que el Ministro lo presente ante la Comisión Nacional para la Moralización, dentro de los dos primeros meses de cada vigencia fiscal, de conformidad con la Ley 190 de 1995 y demás disposiciones que la modifiquen, complementen o sustituyan.
Someter a consideración de los organismos competentes los planes del sector, una vez aprobados por el Ministro, para que sean incorporados al Plan Nacional de Desarrollo y al Presupuesto General de la Nación.
Las demás inherentes a la naturaleza de su dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.