Micelio

Artículo 6

Decreto 1290 de 1965 · Por el cual se autoriza la convocatoria de Consejos de Guerra Verbales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. Los Consejos de Guerra Verbales de que trata el presente Decreto sesionarán en forma permanente, sin que quienes los integran puedan ausentarse del respectivo alojamiento mientras no se notifique la sentencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1290 de 1965