Micelio

Artículo 12

Participación En Las Decisiones Del Sistema De Salud

Ley 1751 de 2015 · por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El derecho fundamental a la salud comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan. Este derecho incluye:

a)

Participar en la formulación de la política de salud así como en los planes para su implementación;

b)

Participar en las instancias de deliberación, veeduría y seguimiento del Sistema;

c)

Participar en los programas de promoción y prevención que sean establecidos;

d)

Participar en las decisiones de inclusión o exclusión de servicios y tecnologías;

e)

Participar en los procesos de definición de prioridades de salud;

f)

Participar en decisiones que puedan significar una limitación o restricción en las condiciones de acceso a establecimientos de salud;

g)

Participar en la evaluación de los resultados de las políticas de salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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