Las disposiciones legales, en cuanto sean más favorables a los intereses de los trabajadores, se aplicarán de preferencia a las estipulaciones de la convención colectiva de trabajo; a su turno, las cláusulas de éstas sustituyen de derecho las de los contratos individuales, anteriores o subsiguientes, en cuanto sean de mayor beneficio para los trabajadores SECCION V De los conflictos colectivos de trabajo
Artículo 26
Las Disposiciones Legales, En Cuanto Sean Más Favorables A Los Intereses De Los Trabajadores, Se Aplicarán De Preferencia A Las Estipulaciones De La Convención Colectiva De Trabajo; A Su Turno, Las Cláusulas De Éstas Sustituyen De Derecho Las De Los Contratos Individuales, Anteriores O Subsiguientes, En Cuanto Sean De Mayor Beneficio Para Los Trabajadores Seccion V De Los Conflictos Colectivos De Trabajo
Decreto 2350 de 1944 · Por el cual se dictan lagunas disposiciones sobre Convenciones de Trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial del trabajo. (segunda publicación)
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.