Artículo tercero. Destínase como auxilio para la Reunión de qué trata este Decreto, la cantidad total de $ 150.000.00, que se pagará así: $ 50.000.00, con cargo al Capítulo 49-B, artículo 564/31-B del Presupuesto de Gastos da la vigencia fiscal en curso, y será girado a la Facultad Nacional de Agronomía de Medellín, de la Universidad Nacional, entidad que queda autorizada para llevar a cabo todo lo relacionado con la organización del Congreso de Fitoparasitólogos. El saldo, o sean $ 100.000.00, se pagará a la misma entidad con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto que para la vigencia fiscal de 1955 se asigne al Ministerio de Agricultura.
Decreto 3117 de 1954 →Vigente
Artículo 564
/31-B Del Presupuesto De Gastos Da La Vigencia Fiscal En Curso, Y Será Girado A La Facultad Nacional De Agronomía De Medellín, De La Universidad Nacional, Entidad Que Queda Autorizada Para Llevar A Cabo Todo Lo Relacionado Con La Organización Del Congreso De Fitoparasitólogos
Decreto 3117 de 1954 · Que auspicia una reunión cientifica en Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.