De Acuerdo Con La Reorganización Hecha En La Policía Nacional Por Decreto Número 505 Del Año En Curso, A Partir De La Fecha Del Presente Decreto La Franquicia Telegráfica De Dicha Institución Será La Siguiente: Ministerio De Gobierno Policía Nacional Director General Nº De Palabras Ilimitado Secretario General 100 Director Del Departamento De Vigilancia 50 Director Del Departamento De Identificación E Investigación 50 Director Del Departamento Administrativo 50 Prefecto Nacional De Seguridad 100 Prefecto General De Las Divisiones De Bogotá 50 Prefecto General De Las Guarniciones De Fuera 50 Mayores Visitadores 50 Comandantes De Las Guarniciones De Fuera De Bogotá 50 Empleados De La Seguridad Y Detectives En Comisión Para Dirigirse A Las Entidades Superiores 30 Cajero General 30 El Mismo Cajero General Cuando Se Trate De Ordenar Pago De Sueldos A Personas Que Se Encuentren Fuera De Bogotá Y Haya Necesidad De Citar Sus Nombres Y Apellidos Ilimitado Parágrafo
Decreto 925 de 1940 · sobre franquicia telegráfica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º De acuerdo con la reorganización hecha en la Policía Nacional por Decreto número 505 del año en curso, a partir de la fecha del presente Decreto la franquicia telegráfica de dicha institución será la siguiente: MINISTERIO DE GOBIERNO Policía Nacional Director General Nº de palabras Ilimitado Secretario General 100 Director del Departamento de Vigilancia 50 Director del Departamento de Identificación e Investigación 50 Director del Departamento Administrativo 50 Prefecto Nacional de Seguridad 100 Prefecto General de las Divisiones de Bogotá 50 Prefecto General de las Guarniciones de fuera 50 Mayores Visitadores 50 Comandantes de las Guarniciones de fuera de Bogotá 50 Empleados de la Seguridad y Detectives en comisión para dirigirse a las entidades superiores 30 Cajero General 30 El mismo Cajero General cuando se trate de ordenar pago de sueldos a personas que se encuentren fuera de Bogotá y haya necesidad de citar sus nombres y apellidos Ilimitado
Parágrafo
Queda así reformado el Decreto número 2170 de 1939.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.