Participación. En la elaboración de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez, se tendrá en cuenta la participación de:
Organizaciones públicas y privadas que presten servicios al adulto mayor;
Entidades públicas del nivel Nacional, Departamental, Distrital, Municipal y Local y las entidades descentralizadas que atiendan y adelanten proyectos relacionados con el adulto mayor;
La sociedad civil organizada;
La academia;
Los adultos mayores;
Redes sociales de apoyo.
El Ministerio de la Protección Social determinará los plazos y metodologías para la elaboración de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez.
Definidos los plazos, metodologías y participación, se elaborará un documento técnico por parte del Conpes que contenga la política pública. Este documento deberá ser elaborado en un término no superior a un (1) año después de la publicación de la presente ley.