Micelio

Artículo 7

El Juzgado Superior De Aduanas, Los Juzgados Superior De Distrito Judicial Y Del Circuito, Funcionarán A Partir Del 1° De Septiembre De 1979 Y Sus Nombramientos Se Efectuarán Para El Resto Del Período Legal

Decreto 133 de 1979 · Por el cual se modifica la División Territorial Judicial del país, crean unos despachos en la rama Jurisdiccional y el Ministerio Público y se adicionan las plantas de personal de otros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Juzgado Superior de Aduanas, los Juzgados Superior de Distrito Judicial y del Circuito, funcionarán a partir del 1° de septiembre de 1979 y sus nombramientos se efectuarán para el resto del período legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 133 de 1979