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Artículo 11

Conformación De La Comisión Asesora Para La Política Pública Nacional De Multilingüismo

Ley 2630 de 2026 · Por medio del cual se crea la Política Pública Nacional en Multilingüismo (PPNM) reconociendo la riqueza cultural y lingüística del país y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Comisión estará integrada por: a) Director(a) de Calidad para la educación preescolar, básica y media del Ministerio de Educación Nacional.

b)

Director(a) de Calidad para la Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional.

c)

Jefe de la Oficina de innovación educativa con uso de nuevas tecnologías del Ministerio de Educación Nacional.

d)

Director(a) de Capacidades y Apropiación del Conocimiento del Ministerio de Ciencias.

e)

Director Técnico de Evaluación del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes).

f)

Jefe de la Oficina de Planeación y estudios sectoriales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

g)

Un delegado o representante técnico del Icetex.

h)

Un delegado o representante técnico del Servicio de Aprendizaje Nacional (Sena).

i)

Dos representantes de Instituciones de Educación Superior: uno por parte de las universidades públicas y uno por parte de las universidades privadas elegidos ambos por la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN).

j)

Dos representantes directivos y docentes de instituciones de educación básica primaria, básica secundaria y media por parte de instituciones oficiales y no oficiales sugeridos por el Ministerio de Educación Nacional.

k)

Dos académicos de reconocida trayectoria profesional en el campo de las humanidades, específicamente expertos en procesos de Multilingüismo elegidos por la Asociación Colombiana de Universidades (ASCUN).

l)

Un representante de la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas (CONTCEPI).

m)

Un representante de las organizaciones sociales y/o culturales de los pueblos afrodescendientes y palenqueros que han desarrollado iniciativas sobre el tema y se encuentran en articulación con el Ministerio de Educación Nacional.

n)

Un representante del INSOR.

o)

Un representante de las asociaciones profesionales o redes de conocimiento especializadas en educación para el multilingüismo.

p)

Un representante de las licenciaturas de lenguas.

Parágrafo

Los miembros de la Comisión descritos en los literales 'g', 'h', 'i', 'j', 'k' y 'm' serán rotativos con una duración de dos años.

La comisión definirá dentro de sus estatutos los mecanismos de elección y rotación de estos integrantes. En ningún caso podrá durar más de un trimestre alguna vacancia de miembros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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