Micelio

Artículo 4

El Director Del Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social, Proveerá Los Empleos Creados En El Presente Decreto Mediante La Incorporación Directa De Los Servidores De La Agencia Nacional Para La Superación De Pobreza Extrema (Anspe) Y La Unidad Administrativa Especial Para La Consolidación Territorial (Uact) Necesarios Para Atender Las Funciones Del Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social Y Cuya Incorporación Se Haya Ordenado En Esta Entidad

Decreto 2562 de 2015 · por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, proveerá los empleos creados en el presente decreto mediante la incorporación directa de los servidores de la Agencia Nacional para la Superación de Pobreza Extrema (ANSPE) y la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial (UACT) necesarios para atender las funciones del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y cuya incorporación se haya ordenado en esta entidad. El Director General del Departamento Administrativo de Prosperidad Social distribuirá los cargos de la planta global a que se refieren los artículos 2° y 3° del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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