Micelio

Artículo 63

División De Gestión Humana

Decreto 262 de 2000 · Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Gestión Humana . La División de Gestión Humana tiene las siguientes funciones

1.

Asesorar al Secretario General en la formulación e implementación de políticas y programas dirigidos a elevar la calidad de vida laboral de los servidores de la entidad.

2.

Contribuir al diseño y la aplicación de programas de inducción y reinducción de los servidores de la Procuraduría General.

3.

Conservar la documentación relacionada con hojas de vida de personal con vinculación laboral vigente, nómina, salarios, prestaciones sociales y novedades de personal y expedir las constancias y certificaciones relacionadas con la información contenida en dicha documentación.

4.

Elaborar los formatos para la actualización anual de la información sobre declaración de bienes y rentas de los servidores de la entidad.

5.

Tramitar las novedades y situaciones administrativas del personal, incluyendo la afiliación a las empresas promotoras de salud y administradoras de pensiones y preparar, para la firma del Procurador General o su delegado, los actos administrativos relacionados con éstas, así como también lo relacionado con el retiro del servicio.

6.

Conceder permisos para adelantar estudios a los servidores de la entidad, cuando no superen las dos horas diarias hábiles de trabajo, previo visto bueno del jefe inmediato.

7.

Verificar el cumplimiento de los requisitos de las personas nombradas en la entidad y emitir, antes de la respectiva posesión, concepto escrito sobre la acreditación de los mismos.

8.

Dar posesión a los servidores de la entidad del nivel central en los empleos de los niveles profesional, técnico, administrativo y operativo.

9.

Presentar al Secretario General proyectos de convenios con entidades públicas o privadas, con el fin de adelantar programas de desarrollo humano, para la aprobación del Procurador General.

10.

Elaborar las nóminas de la entidad, con el apoyo de la Oficina de Sistemas.

11.

Supervisar las actividades de administración y desarrollo de la gestión humana en los distintos niveles territoriales de la Procuraduría General.

12.

Prestar el soporte humano y logístico que requiera la Comisión de Carrera de la Procuraduría para el cumplimiento de sus funciones.

13.

Desarrollar, coordinar y vigilar el proceso de elección de los representantes de los servidores de la entidad en la Comisión de Personal.

14.

Las demás que le asignen la ley y el Procurador General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 262 de 2000