°. Procesos de selección . Para la celebración de los contratos a los que se refiere el literal a) del artículo 4° del presente decreto, el ente territorial seleccionará al contratista de acuerdo con el procedimiento a que se refiere el Capítulo II del presente decreto. La selección de los contratistas del contrato de concesión del servicio educativo se realizará con base en lo establecido al respecto por la Ley 80 de 1993 o las normas que la modifiquen o sustituyan.
Decreto 4313 de 2004 →Vigente
Artículo 5
Procesos De Selección
Decreto 4313 de 2004 · por el cual se reglamenta la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.